Les adjuntamos la Guía de Actuación en Ámbito laboral en relación al nuevo coronavirus (Covid-19), publicada ayer por el Ministerio de Trabajo.
Esta guía contiene sólo recomendaciones e información útil para la actuación y prevención en esta situación. Pero en ningún caso modifica ninguna de las normas que son de aplicación en las relaciones laborales. Por lo tanto, y mientras no se modifique ninguna normativa deberá interpretarse y aplicarse lo que, con carácter general, disponen el Estatuto de los Trabajadores y Ley de Prevención de Riesgos laborales, en materia de suspensiones o extinciones de contratos trabajo y protección de la salud .
En todo caso es facultad del Consejo de Ministros la declaración de una zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil, momento en el que, si fuera el caso, cabría aplicar la causa de fuerza mayor en las suspensiones o extinciones de contratos trabajo.
Por último, hasta el día de la fecha, no hay tampoco normativa que ampare la exención total o parcial de las cuotas de Seguridad Social ni que ponga e el contador a cero en las prestaciones de desempleo que puedan generarse como consecuencia de la situación que comentamos.